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El Defensor del Pueblo pide a los poderes públicos impulsar una oferta de vivienda asequible

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El Defensor del Pueblo insta a los poderes públicos a impulsar «medidas estructurales a corto y medio plazo» para facilitar una oferta de vivienda asequible, tanto en compra como en alquiler, para garantizar el mandato del Artículo 47 de la Constitución y «hacer efectivo el derecho a una vivienda digna y adecuada», según consta en su Informe Anual 2022, publicado este lunes.

La institución «sigue con interés» la tramitación parlamentaria de la Ley de Vivienda, ya que el acceso a un hogar sigue siendo el principal problema de los jóvenes y las personas con menos recursos, tanto por el elevado precio de adquisición como por el sobreesfuerzo que les conlleva.

En su informe, recuerda que el precio medio de la vivienda se situó en 1.740 euros por metro cuadrado en el conjunto de España en el tercer trimestre de 2022, y por encima de los 2.000 euros en seis provincias, según datos del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

Además, en el Observatorio de Vivienda y Suelo de 2021, elaborado por la misma cartera, consta que el 40,9% de quienes residen en una vivienda en alquiler a precio de mercado está sobreexpuesto financieramente a los gastos del alquiler, lo que supone que dedica más del 40% de sus ingresos al pago de la renta. En el conjunto de países de la Unión Europea, este mismo porcentaje se sitúa muy por debajo, en el 21,2 % y en la zona del euro se reduce aún más, hasta el 20,9%.

Las solicitudes de vivienda protegida, el principal motivo de la quejas en residencial

El Defensor del Pueblo expone en su informe que el grupo de quejas más voluminoso se corresponde, un año más, con las solicitudes de vivienda protegida, ya sean por las dificultades para acceder a la vivienda en el mercado libre, debido a los altos precios del alquiler y la venta, y, por otro, por el cansancio, la desconfianza y hasta la desesperación ante las largas esperas que implican los procedimientos de adjudicación de vivienda pública protegida.

Tras analizar esas quejas, una de las conclusiones de la institución es que los ciudadanos «desconocen que las administraciones autonómicas cuentan con dos procedimientos de adjudicación diferentes y paralelos». Por un lado, existe un procedimiento ordinario para facilitar el acceso al uso y disfrute de una vivienda a personas cuyos recursos económicos no son suficientes para obtenerla en el mercado y, por otro, un procedimiento extraordinario destinado a situaciones de emergencia social habitacional.

El Defensor del Pueblo encuentra que en ambos procedimientos persiste el mismo problema, que es la existencia de listas de espera muy prolongadas en todas las comunidades autónomas, consecuencia del insuficiente número de viviendas públicas de protección respecto a las personas que cumplen los requisitos para ser adjudicatarias.

Pueden pasar años hasta que un ciudadano accede a una vivienda de protección pública

Las autoridades competentes, administraciones autonómicas y ayuntamientos de ciudades medias y grandes, reconocen que la existencia de esas listas de espera, que «con frecuencia ascienden a miles de personas». Así, pueden pasar años hasta que un ciudadano accede a una vivienda de protección pública.

«La única solución pasa por intensificar los medios y recursos destinados al fomento del acceso a la vivienda», advierte el Defensor del Pueblo en su informe. En este sentido, recuerda que el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025 incluye, como un objetivo a medio plazo, un programa dirigido al incremento del parque público de viviendas, mediante la subvención de la adquisición de viviendas por las Administraciones Públicas y el sector público empresarial para ser destinadas al alquiler o cesión en uso durante un plazo mínimo, en ambos casos, de 50 años.

Por otro lado, el Defensor del Pueblo también cita entre los problemas habitacionales la escasez de vivienda pública protegida, que hace que «cobre especial relevancia» la atención de las personas más vulnerables y con menos recursos. La institución recuerda a la Administración que es su obligación «priorizar las necesidades entre las personas solicitantes», pese a que «no siempre encuentra acomodo eficaz en las normas ni en la actuación administrativa».

En este caso, pone de ejemplo a Castilla-La Mancha, donde no hay vivienda para las situaciones de urgencia social, y, además, la normativa autonómica hace que el procedimiento especial de adjudicación de viviendas para situaciones de emergencia social no disponga de recursos propios, sino que dependa de la existencia de viviendas vacantes en el procedimiento ordinario.

Ayudas al alquiler de vivienda

El Defensor del Pueblo también informa en este documento de las quejas recibidas por las ayudas directas al alquiler de vivienda, disconformes con los requisitos establecidos en las convocatorias o con las exigencias de documentación acreditativa.

No obstante, aclara que «estas cuestiones no suelen resultar irregulares ni contrarias a la normativa», por lo que no dan lugar a actuaciones. Al mismo tiempo, admite que otras quejas argumentan denegación en las ayudas pese a cumplir con los requisitos o retrasos en el abono, incidencias que «suelen resolverse una vez se inicia una actuación por parte del Defensor del Pueblo».

Entre las quejas sobre la ayuda del alquiler se encuentran las de personas con escasos recursos económicos que habitan en ciudades con alquileres elevados, que alegan que no pueden acceder a las ayudas ante la imposibilidad de encontrar inmuebles con alquileres que se ajusten a la renta máxima establecida en el Plan Estatal de Vivienda.

En respuesta, el Defensor del Pueblo inició una actuación de oficio con el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, relativa al límite máximo mensual de renta arrendaticia de los inmuebles contemplada el Plan, que resulta «insuficiente» en algunos casos. En la misma actuación, el Defensor del Pueblo solicitó al Ministerio que estudiase la posibilidad de aplicar los umbrales económicos y límites que se establecen para las familias numerosas a las familias monoparentales con dos hijos, al estimar que requieren de una protección similar.

Otra de las medidas del Gobierno que también ha causado reclamaciones ante el Defensor del Pueblo es el Bono Alquiler Joven. El grueso de las quejas se refiere a incidencias puntuales en la tramitación de las solicitudes y, en general, a la excesiva demora en convocar y resolver las ayudas, así como a discrepancias con los requisitos exigidos, como apunta el informe. La mayoría de estas quejas provienen de Andalucía y de la Comunidad de Madrid.