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Renta 2022-2023: las deducciones por los gastos de guardería

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Si tienes hijos menores, existen exenciones en el IRPF que permiten deducir los gastos de guardería. En este artículo recopilamos las deducciones en gastos de guardería que ofrecen las distintas comunidades autónomas para la declaración de la Renta 2022, que se realiza en este año en curso 2023.

 

  1. Deducción de los gastos por guardería en Andalucía
  2. Deducción de los gastos por guardería en Madrid
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Madrid
  3. Deducción de los gastos por guardería en Aragón
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Aragón
  4. Deducción de los gastos por guardería en Asturias
  5. Deducción de los gastos por guardería en Baleares
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Baleares
  6. Deducción de los gastos por guardería en Canarias
  7. Deducción de los gastos por guardería en Cantabria
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Cantabria
  8. Deducción de los gastos por guardería en Castilla-La Mancha
  9. Deducción de los gastos por guardería en Castilla y León
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Castilla y León
  10. Deducción de los gastos por guardería en Extremadura
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Extremadura
  11. Deducción de los gastos por guardería en Galicia
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Galicia
  12. Deducción de los gastos por guardería en Murcia
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Murcia
  13. Deducción de los gastos por guardería en La Rioja
  14. Deducción de los gastos por guardería en Comunidad Valenciana
    1. Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Comunidad Valenciana
  15. ¿Qué gastos de guardería son deducibles?
  16. ¿Quién tiene derecho a deducción por guardería?
  17. ¿Cómo desgravar la guardería en la declaración de la renta?

Deducción de los gastos por guardería en Andalucía

En Andalucía no existe una deducción para los gastos de guardería como tal. Habría que recurrir al incremento de la deducción por maternidad por gastos de guardería o centros de educación infantil. Dicho incremento puede ser de hasta 1.000 euros mensuales.

Los gastos de custodia incluyen pagos por preinscripción, matrícula, asistencia en horario general y ampliado, además de alimentación, siempre que:

  • El pago corresponda a gastos realizados por meses completos.
  • Dichos gastos no se consideren rendimientos del trabajo en especie exentos para el contribuyente.

En el período fiscal en que el hijo cumpla tres años, puedes aplicar el incremento por los gastos incurridos después de dicha edad hasta el mes previo al inicio del segundo ciclo de educación infantil.

Tienes toda la información aquí.

Deducción de los gastos por guardería en Madrid

La deducción en la declaración de la renta en Madrid por gastos de guardería incluye:

  • Un 20% de las cuotas ingresadas por el contribuyente por cotizaciones al Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social, con un límite de deducción de 400 euros anuales.
  • Un 30% de las cuotas ingresadas en el caso de contribuyentes que sean titulares de una familia numerosa, con un límite de deducción de 500 euros anuales.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Madrid

  • El contribuyente debe estar dado de alta en la Seguridad Social como empleador titular de un hogar familiar, tener contratada y cotizar por una o varias personas en el Sistema Especial de Empleados de Hogar del Régimen General de la Seguridad Social durante el periodo en que se pretenda aplicar la deducción.
  • La persona o personas contratadas deben prestar servicios para el titular del hogar familiar durante al menos 40 horas mensuales.
  • El contribuyente empleador y, en su caso, el otro progenitor del hijo menor de 3 años por el que se apliquen el mínimo por descendientes, deben realizar una actividad por cuenta propia o ajena, por la que estén dados de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad, al menos, durante 183 días dentro del periodo impositivo.
  • Si el contribuyente tiene hijos menores de 3 años con diferentes progenitores, se podrá aplicar la deducción si se cumple el requisito indicado en el punto 3 respecto de cualquiera de ellos.
  • La suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente, junto con la correspondiente al resto de miembros de su unidad familiar, no debe superar la cantidad resultante de multiplicar 30.000 euros por el número de miembros de dicha unidad familiar.

Tienes toda la información en el siguiente enlace.

Deducción de los gastos por guardería en Aragón

La deducción por gastos de custodia de hijos menores de 3 años en guarderías o centros de educación infantil en Aragón asciende al 15% de las cantidades satisfechas durante el periodo impositivo. Esta deducción se aplica a los gastos por la custodia de los hijos menores de tres años en centros autorizados por el Departamento competente en materia de Educación.

El límite máximo de la deducción es de 250 euros por cada hijo inscrito en dichos centros antes de cumplir los tres años de edad y de 125 euros por cada hijo inscrito en el periodo impositivo en el que el menor cumpla los tres años.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Aragón

Para poder aplicar esta deducción, se deben cumplir ciertos requisitos. Solo se tendrán en cuenta aquellos descendientes que den derecho a la aplicación del mínimo por descendientes. Además, la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro, en las casillas [0435] y [0460] de la declaración, no puede superar los siguientes límites:

  • 35.000 euros en tributación individual.
  • 50.000 euros en tributación conjunta.

En cualquier caso, la base imponible del ahorro, sea cual sea la modalidad de declaración, no puede superar los 4.000 euros.

Tienes toda la información aquí.

Deducción de los gastos por guardería

Pexels

Deducción de los gastos por guardería en Asturias

El importe de la deducción equivale al 15% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por los gastos de descendientes en centros de cero a tres años. El límite máximo de la deducción es de 500 euros anuales por cada descendiente que no supere la citada edad. Cada hijo debe ser considerado individualmente en la aplicación de este límite.

La justificación de las cantidades satisfechas puede realizarse mediante factura o cualquier otro medio del tráfico jurídico o económico admitido en Derecho. 

Además, se requiere que la suma de las bases imponibles general y del ahorro, en las casillas [0435] y [0460] de la declaración, no supere los siguientes límites: 26.000 euros en tributación individual y 37.000 euros en tributación conjunta.

Para contribuyentes con residencia habitual en municipios en riesgo de despoblación se aplica una deducción mayor del 30% de las cantidades satisfechas. El límite máximo de la deducción es de 1.000 euros anuales por cada descendiente que no supere la citada edad.

Tienes toda la información y requisitos aquí.

Deducción de los gastos por guardería en Baleares

El importe de la deducción en Baleares equivale al 40% del importe anual satisfecho por los gastos derivados de la prestación de los siguientes servicios a descendientes o acogidos menores de seis años: estancias de niños de 0 a 3 años en escuelas infantiles o en guarderías, servicio de custodia, servicio de comedor y actividades extraescolares de niños de 3 a 6 años en centros educativos y contratación laboral de una persona para cuidar del menor.

El límite máximo de la deducción es de 660 euros anuales. Si dos contribuyentes tienen derecho a la aplicación de esta deducción y optan por la declaración individual, el límite máximo se prorratea entre ellos por partes iguales. En caso de que los descendientes o acogidos dejen de ser menores de seis años a lo largo del año, el límite máximo se prorratea por la suma del número de días en que los descendientes o acogidos hayan sido menores de seis años durante el año natural.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Baleares

Para aplicar la deducción por guardería, es necesario que los contribuyentes desarrollen actividades por cuenta ajena o por cuenta propia que generen rendimientos del trabajo o rendimientos de actividades económicas. La suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente de la declaración no debe superar los siguientes límites: 33.000 euros en tributación individual y 52.800 euros en tributación conjunta.

Es importante señalar que el pago de los gastos que dan derecho a la deducción debe hacerse mediante tarjeta de crédito o de débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas de entidades de crédito. Además, en el caso de la deducción de los gastos de la contratación de una persona empleada, esta tiene que estar dada de alta en el régimen especial para empleados del hogar de la Seguridad Social.

Tienes toda la información y requisitos aquí.

Deducción de los gastos por guardería en Canarias

La deducción de los gastos de guardería en Canarias permite a los contribuyentes deducir el 18% de las cantidades satisfechas en concepto de gastos de guardería de niños menores de tres años de edad, con un límite máximo de 480 euros anuales por cada niño. Es requisito fundamental que el progenitor o tutor con quien conviven los menores de tres años sea el contribuyente o que exista una relación de tutela o acogimiento no remunerado según la legislación vigente.

El gasto de guardería deberá ser justificado a través de factura, cumpliendo las condiciones establecidas. Asimismo, se debe tener en cuenta que el límite máximo de la deducción se prorrateará entre los contribuyentes en caso de no optar, o no poder optar, por la tributación conjunta.

Para conseguir la deducción, ninguno de los contribuyentes ha de haber obtenido rentas por importe superior a 42.900 euros en tributación individual o de 57.200 euros en tributación conjunta. 

Tienes toda la información y requisitos aquí.

Deducción de los gastos por guardería en Cantabria

En Cantabria, los contribuyentes podrán deducirse el 15% de los gastos de guardería de hijos biológicos o adoptados, con un límite máximo de 450 euros anuales por cada hijo menor de tres años.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Cantabria

Para poder aplicar esta deducción, se deben cumplir ciertos requisitos: la suma de la base liquidable general y la base liquidable del ahorro, que es la suma de las casillas [0500] y [0510] de la declaración, respectivamente, debe ser menor al mínimo personal y familiar, que se encuentra en la casilla [0520]. Este límite es de 22.946 euros en tributación individual y de 31.485 euros en tributación conjunta.

La base conjunta de la deducción estará conformada por las cantidades justificadas mediante factura y satisfechas a través de tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito, a las personas o entidades que presten los servicios. Cabe destacar que las cantidades satisfechas en efectivo no darán derecho a practicar esta deducción en ningún caso.

Tienes toda la información aquí.

Deducción de los gastos por guardería en Castilla-La Mancha

En Castilla-La Mancha es posible deducir los gastos de custodia de hijos menores de tres años en guarderías o centros de educación infantil en la declaración de la renta. La deducción corresponderá al 30% de las cantidades satisfechas en el período impositivo y tendrá un límite máximo de 500 euros por cada hijo o hija inscrito en dichas guarderías o centros.

Las cantidades que den derecho a la deducción son exclusivamente las correspondientes a la preinscripción y matrícula de menores de tres años, la asistencia en horario general y ampliado, además de la alimentación, siempre y cuando se hayan producido por meses completos. 

Para poder aplicar esta deducción, la suma de la base imponible general y la del ahorro del contribuyente no debe superar los 27.000 euros en tributación individual y los 36.000 euros en tributación conjunta.

Puedes consultar aquí el resto de requisitos.

Deducción de los gastos por guardería en Castilla y León

En Castilla y León es posible deducir los gastos por cuidado de hijos menores en la declaración de la renta, siempre que los contribuyentes deban dejar a sus hijos al cuidado de una persona empleada del hogar o en guarderías o centros infantiles. Para ello, se pueden optar por deducir las siguientes cantidades:

En el caso de contratar a una persona empleada del hogar, se puede deducir el 30% de las cantidades satisfechas a la persona empleada del hogar, con un límite máximo de 322 euros, tanto en tributación individual como conjunta.

Si se opta por una escuela, centro o guardería infantil inscrita en el Registro de Centros para la conciliación de la vida familiar y laboral de la Comunidad de Castilla y León, se puede deducir el 100% de los gastos satisfechos de preinscripción y de matrícula, así como los gastos de asistencia en horario general y ampliado, además de los gastos de alimentación, siempre que se hayan producido por meses completos, con un límite máximo de 1.320 euros, tanto en tributación individual como conjunta.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Castilla y León

Para poder aplicar esta deducción, se deben cumplir ciertos requisitos, como que los hijos a los que se aplique el mínimo por descendientes tengan menos de 4 años de edad a la fecha de devengo del impuesto (normalmente, el 31 de diciembre) y que ambos padres realicen una actividad por cuenta propia o ajena. En el caso de la deducción por cuidado de hijos por una persona empleada del hogar, esta debe estar dada de alta en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.

Además, para aplicar esta deducción la base imponible general, más la base imponible del ahorro, menos el mínimo personal y familiar, no debe superar los 18.900 euros en tributación individual y los 31.500 euros en tributación conjunta.

Puedes consultar aquí el resto de requisitos e información.

Deducción de los gastos por guardería en Extremadura

La deducción por gastos de guardería en Extremadura es del 10% de las cantidades satisfechas por cuidado de hijos menores de hasta 14 años, cuando se den ciertas circunstancias. El límite máximo de esta deducción es de 400 euros anuales por unidad familiar.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Extremadura

Para aplicar esta deducción, los hijos deben tener 14 o menos años de edad, ambos padres deben trabajar, la persona empleada del hogar debe estar dada de alta en la Seguridad Social y se debe tener derecho al mínimo por descendiente.

La suma de las bases imponibles general y del ahorro en la declaración de la renta no debe superar 28.000 euros en tributación individual y 45.000 euros en tributación conjunta para poder aplicar la deducción por gastos de guardería en Extremadura.

Tienes toda la información en este enlace.

Deducción de los gastos por guardería en Galicia

La deducción en la declaración de la renta en Galicia por gastos de guardería incluye un 30% de los importes pagados en el período por contribuyentes que, debido a sus ocupaciones laborales, ya sea por cuenta propia o ajena, deben confiar el cuidado de sus hijos menores a empleados del hogar o a centros de educación infantil para niños de 0 a 3 años. Los límites máximos para esta deducción son:

  • 400 euros por un hijo.
  • 600 euros si se tienen dos o más hijos menores de 3 años.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Galicia

  • Los niños deben tener tres años o menos al momento del devengo del impuesto (generalmente el 31 de diciembre).
  • Ambos padres deben realizar actividades laborales, ya sea por cuenta propia o ajena y estar inscritos en el régimen correspondiente de la Seguridad Social o mutualidad.
  • Si la deducción se aplica por gastos de empleados del hogar, estos deben estar registrados en el Sistema Especial para Empleados del Hogar del Régimen General de la Seguridad Social.

La suma de las bases imponibles general y del ahorro, reducida por los mínimos personal y familiar, no debe superar los siguientes importes:

  • 22.000 euros en tributación individual.
  • 31.000 euros en tributación conjunta.

Tienes toda la información en este enlace.

Deducción de los gastos por guardería por CCAA

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Deducción de los gastos por guardería en Murcia

En la Región de Murcia, los contribuyentes pueden deducir el 20% de los gastos educativos incurridos por sus hijos o descendientes que cumplan con los requisitos establecidos. El límite máximo de deducción por cada hijo o descendiente es de 1.000 euros.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Murcia

Para conseguir esta deducción, los gastos educativos deben ser para hijos o descendientes que tengan derecho al mínimo por descendientes establecido en la Ley del IRPF. Los contribuyentes también deben cumplir con ciertos límites de ingresos y las facturas de los gastos deben ser conservadas durante el plazo máximo de prescripción.

Concretamente, no pueden superar:

  • 30.000 euros en declaración individual.
  • 50.000 euros en declaración conjunta

Los gastos que pueden ser deducidos incluyen los relacionados con la custodia, alimentación y adquisición de vestuario escolar de uso exclusivo. Sin embargo, la deducción se reducirá por el importe de las becas o ayudas que hayan sido recibidas para cubrir estos gastos. Esta reducción se aplicará individualmente para cada hijo o descendiente que se beneficie de las becas o ayudas.

Tienes la información al completo aquí.

Deducción de los gastos por guardería en La Rioja

En La Rioja existen varias deducciones para los gastos de la guardería:

  • Los contribuyentes con hijos de 0 a 3 años escolarizados en escuelas o centros infantiles en cualquier municipio de La Rioja, se puede deducir un 20% de los gastos de escolarización con un límite máximo de 600 euros por año (casilla 1075). Hay requisitos específicos que deben cumplirse en relación a los ingresos.
  • Si el contribuyente fija su residencia o la traslada a un pequeño municipio de La Rioja y la mantiene durante al menos 3 años consecutivos, se puede deducir 100 euros mensuales por cada hijo de 0 a 3 años (casilla 1163). Hay requisitos adicionales que deben cumplirse para optar a esta deducción.
  • Los contribuyentes que fijen su residencia habitual en pequeños municipios de La Rioja y tengan gastos en escuelas infantiles, centros de educación infantil o personal contratado para cuidar a sus hijos de 0 a 3 años, se pueden deducir el 30% de estos gastos con un límite máximo de 600 euros por menor (casilla 1169). También existen requisitos específicos en relación a los ingresos que deben cumplirse.

Tienes todas las deducciones en este enlace.

Deducción de los gastos por guardería en Comunidad Valenciana

Se puede deducir el 15% de los importes pagados durante el período fiscal para la atención en guarderías y centros de educación infantil de primer ciclo, de hijos o acogidos permanentes menores de tres años.

Requisitos para aplicar la deducción por guardería en Comunidad Valenciana

  • Los padres o tutores que vivan con el menor deben realizar actividades laborales por cuenta propia o ajena y percibir ingresos por trabajo o actividades económicas.
  • La suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro no debe superar 30.000 euros en declaración individual y 47.000 euros en declaración conjunta.

El límite máximo de la deducción es de 297 euros por cada hijo o acogido permanente menor de tres años inscrito en guarderías y centros de educación infantil de primer ciclo.

Este límite máximo de 297 euros solo se aplicará a los contribuyentes cuya suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro sea inferior a 27.000 euros en tributación individual o inferior a 44.000 euros en tributación conjunta.

Puedes consultar el resto de requisitos en este enlace.

¿Qué gastos de guardería son deducibles?

Algunos de los gastos de guardería deducibles son las cantidades pagadas por la preinscripción, la matrícula, la asistencia en horario general y ampliado, la alimentación y, en algunas comunidades, el material escolar. Muchas de las deducciones dependen de la comunidad autónoma.

¿Quién tiene derecho a deducción por guardería?

Según explica la Agencia Tributaria, tienen derecho a esta exención las madres con hijos o hijas menores de tres años que disfruten de la deducción por maternidad y que pagasen gastos de custodia en guarderías o centros de educación infantil.

¿Cómo desgravar la guardería en la declaración de la renta?

Para desgravar la guardería en la Renta tendrás que ver cuáles son las casillas correspondientes de la comunidad autónoma en la que tributas. Puedes ver todas las casillas de la Renta 2022-2023 aquí.